Protección de datos

Política de Privacidad

ALCANCE

Esta política de privacidad se aplica a todos los datos personales recolectados a través de nuestros clientes.

En Mastercobranzas, todos los servidores que realizan el tratamiento de datos personales, suscriben acuerdos de confidencialidad de la información.

DATOS QUE SE RECOLECTA:

Mastercobranzas, recopila los siguientes datos personales:

Persona Natural (Nacional –Extranjera)

  • Nombre y apellido,
  • Número de cédula de ciudadanía o pasaporte, documento de identidad y otros,
  • Fecha de nacimiento
  • Género
  • País de Residencia
  • Provincia
  • Cantón
  • Parroquia
  • Sector
  • Dirección,
  • Teléfono fijo,
  • Teléfono celular,
  • Correo electrónico

FINALIDAD

Mastercobranzas utiliza su información personal para los siguientes fines:

  • Para comunicarnos con usted acerca de Deudas mantenidas con las empresas a las cuales damos servicios de cobranzas.

NOTIFICACIONES CUANDO EXISTAN CAMBIOS EN LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Mastercobranzas puede actualizar su Política de Privacidad cuando sea necesario. Si realizamos cambios sustanciales, notificaremos mediante un aviso en este sitio web, antes que el cambio entre en vigencia. Le recomendamos que revise periódicamente esta página para obtener la información más reciente sobre nuestra política de privacidad.

MEDIDAS PARA PRECAUTELAR LA SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES

Mastercobranzas protege la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los activos de información al seguir un enfoque de administración de riesgos basado en políticas, estándares, pautas y procedimientos para cumplir con los objetivos de seguridad al tiempo que respalda los objetivos.

Mastercobranzas, utiliza el protocolo HTTPS para brindar seguridad en el uso de este canal electrónico.

BASE LEGAL QUE SUSTENTA EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS

El portal web de Mastercobranzas fundamenta el tratamiento que da a los datos personales en los siguientes instrumentos legales:

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 162 de 31 de marzo de 2010; artículo 4.- “Responsabilidad de la información.- Las instituciones del sector público y privado y las personas naturales que actualmente o en el futuro administren bases o registros de datos públicos, son responsables de la integridad, protección y control de los registros y bases de datos a su cargo. Dichas instituciones responderán por la veracidad, autenticidad, custodia y debida conservación de los registros. La responsabilidad sobre la veracidad y autenticidad de los datos registrados, es exclusiva de la o el declarante cuando esta o este provee toda la información (…)”.

El artículo 6 de la referida Ley, determina: “Accesibilidad y confidencialidad.- Son confidenciales los datos de carácter personal, tales como: ideología, afiliación política o sindical, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y los demás atinentes a la intimidad personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales (…)”.

El Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 899 de 9 de diciembre de 2016; Disposición General Vigésima Séptima.- “(…) El tratamiento de datos personales que incluya acciones tales como la recopilación, sistematización y almacenamiento de datos personales, requerirá la autorización previa e informada del titular. No se requerirá de la autorización del titular cuando el tratamiento sea desarrollado por una institución pública y tenga una finalidad estadística o científica; de protección a la salud o seguridad; o sea realizado como parte de una política pública de garantía de derechos constitucionalmente reconocidos”.

Mediante Acuerdo Ministerial No. 166 de 19 de septiembre de 2013, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 88 del 25 de septiembre de 2013, el Secretario Nacional de la Administración Pública, acuerda: «Art. 1.- Disponer a las entidades de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva el uso obligatorio de las Normas Técnicas Ecuatorianas NTE INEN-ISO/IEC 27000 para la Gestión de Seguridad de la Información.»;

El número 2.10, del referido Acuerdo Ministerial No. 166, establece, que son consideraciones de la seguridad cuando se trata con ciudadanos o clientes, entre otros, que: “Protección de datos en base la Constitución y leyes nacionales, particularmente datos personales o financieros de los ciudadanos.”;

El número 11.4, del Acuerdo ibídem, determina que para la protección de los datos y privacidad de la información personal, se debe establecer, entre otros, lo señalado en su letra c), que manifiesta: “Implementar mecanismos de carácter organizacional y tecnológico para autorización al acceso, uso e intercambio de datos personales de las personas o ciudadanos en custodia de las entidades públicas. Prima el principio que los datos personales pertenecen a las personas y no a las instituciones, éstas los custodian al amparo de la normativa legal vigente.”;

Guía para la protección de datos personales en la Administración Pública Central, emitido por el Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información mediante Acuerdo Ministerial 012-2019 del 11 de junio de 2019.

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO

El uso de este portal o de cualquiera de sus componentes, implica la aceptación expresa de los presentes términos y condiciones de uso.

Mastercobranzas dispone de este portal web para prestar información a los ciudadanos sobre la gestión que lleva adelante relacionada con la recuperación de cartera vencida y preventiva.

REVISIÓN DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Revisar anualmente o cuando se produzcan cambios significativos a nivel operativo, legal, tecnológico, económico, entre otros, la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Institución.